Opinión Nacional

Gobierno versus pueblo

A pesar que la Constitución de 1999 en su artículo 2º pregona como valor superior del Estado en su actuación la preeminencia de los derechos humanos, que en su artículo 19 ordena al Estado garantizar estos derechos y que en su artículo 232 impone al Presidente de la República procurar la garantía de los derechos y libertades del pueblo, la cruda realidad de la situación que se vive en nuestro país en cuanto a la violación de los derechos humanos, hacen ver como si se tratara de un enfrentamiento entre el régimen, a quien el pueblo le delegó poder para ser gobernado democráticamente, y el propio pueblo, quien con tristeza observa como la actuación de sus gobernantes ha abusado de esa delegación.

La libertad y la igualdad, esos derechos cuya reivindicación ha sido abanderada por los más importantes procesos revolucionarios de que tengamos conocimiento, se han convertido en los más violentados por el actual régimen, a tal punto que las garantías concebidas con tanta preciosura lingüística en nuestra Constitución, se han convertido en simples barreras de pergamino que distorsionan con el divorcio existente entre la realidad y la Norma Fundamental.

La violación del derecho a la igualdad no solo la vivimos los venezolanos en esa antipática política impuesta por el Gobierno, según la cual existe un grupo de venezolanos que tienen el derecho de manifestar libremente en cualquier lugar, y existimos otro grupo de venezolanos para quienes ese derecho está restringido, si no creemos recordemos las veces que a un grupo se le permitía marchar en los alrededores de Miraflores o para presentar ofrendas florales en los próceres, mientras que al otro grupo se le impedía con la fuerza pública y semipública el ejercicio de ese derecho, sino que esa violación la vivimos día a día los venezolanos con la odiosa discriminación que impone la política macartista del Gobierno con la utilización de la lista de Tascón (nuestro «Chinatown Files»), que día a día es enterrada en el alma de miles de venezolanos que son despedidos de la Administración Pública o su ingreso a la misma porque su nombre está contenido en esa odiosa lista.

La violación a las libertades individuales ha sido grosera. Con el fin de amedrentar al resto de la sociedad, de imponer castigos por odios personales o muchas veces por simple inseguridad en la personalidad del gobernante, han terminado en cárceles un inmenso grupo de venezolanos honestos, que ha podido ser cualquiera de nosotros, pero que el destino los marcó para sufrir el calvario de la privación de sus libertades, por el solo hecho de defender sus derechos, de manifestar su contrariedad al régimen, por simplemente emitir alguna opinión, o por ser producto de una conspiración interna del régimen con propósitos arcanos.

Los llamados presos políticos del Táchira, entre quienes están los ciudadanos Danny Ramírez, Orlando Pantaleón y Saúl Lozano, han sido, no solo sometidos a torturas físicas, sino a la tortura que se produce con la continua dilación procesal de sus causas, promovida por quien está obligado por nuestra Constitución (numerales 1º y 2º del artículo 285) a garantizar en los procesos judiciales los derechos y garantías y a garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, que no es otro que el propio Ministerio Público a través del Fiscal General o de los Fiscales designados; aceptada por quien está llamado por esa Constitución (artículo 253) a impartir justicia, el Poder Judicial; y alcahueteada por quien tiene a su cargo la función constitucional (artículo 280) de promover, defender y vigilar los derechos y garantías de los venezolanos.

Los militares, a quienes el Gobierno pretende imponerles un castigo sin causa y sin juicio previo, simplemente porque no comulgaron con la forma en que el régimen violenta continuamente la Constitución, han sido sometidos a unos procesos en abierta y flagrante violación del Texto Fundamental, iniciándose sus procesos ilegalmente por órdenes emanadas de la Presidencia o del Ministerio de la Defensa y ejecutadas por Fiscales que no pertenecen al Ministerio Público designados por las mismas personas que ordenaron sus acusaciones, desechando de esa manera el precepto constitucional según el cual la jurisdicción militar es parte integrante del Poder Judicial (artículo 261).

Todos los presos políticos tienen el derecho constitucional (numeral 1º artículo 44) de ser juzgados en libertad, sin embargo pareciera, de las variadas violaciones legales y constitucionales ocurridas en esos procesos, que existiese un pacto interinstitucional entre el Poder Judicial, el Gobierno, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo con intenciones de coludir en contra de estos presos políticos y mantenerlos en prisión indefinidamente, con procesos amañados y sin garantizar los derechos de estos ciudadanos.

Recordemos que según MONTESQUIEU, la libertad existía sólo en los Estados en los cuales los poderes no se encontraban reunidos en una misma persona o en el mismo cuerpo, y que los Gobernantes que han querido convertirse en despóticos han comenzado siempre por reunir en su persona todos los poderes, y no olvidemos la famosa proposición de que toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de poderes efectiva, no tiene Constitución.

(*): Abogado. Especialista en Derecho Público e Integrante de la dirección nacional del Partido Demócrata Cristiano COPEI

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