Opinión Nacional

La realidad de una marina mercante en crisis

Es un hecho que a nuestros oficiales de la marina mercante, declarados en desobediencia civil conforme a la Constitución Nacional vigente y sumados al PARO CÍVICO NACIONAL, se les ha tratado imputar la comisión de los presuntos delitos como: VERTIDO ILICITO (conforme la Ley Penal del Ambiente), delito salvaguarda por apropiación de hidrocarburos cargados en los buques (conforme a la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público), delito de obstrucción de canal o de vía pública, y finalmente el delito apoderamiento de los buques (conforme al Código Penal), dictándose al efecto incomprensibles, injustificadas e improcedentes medidas cautelares (decisión emitida por un Juez para garantizar un derecho), pero sin que mediara por parte de las autoridades intervinientes el necesario análisis previo que permitiera verificar la comisión de tales presuntos delitos. Ello permitió que en todos estos casos los oficiales de la marina mercante involucrados fuesen puestos rápidamente en libertad, no sin sufrir los inhumanos acosos morales y psicológicos que representan la amenaza verbal, la incomunicación y el arresto o detención como si se tratase de delincuentes comunes sorprendidos en la comisión delictual infraganti, cuando realmente estos oficiales al mando de sus buques y sus tripulaciones se acogieron a un derecho constitucional y NOTIFICARON a sus armadores (propietario del buque) oportunamente para que se les relevara. NO CONSTITUYE PARTE DE SU RESPONSABILIDAD CIVIL, prever que las autoridades con competencia en el asunto ignorarán la normativa aplicable al caso o errasen al tratar de aplicarla para producir eficientemente los relevos del personal (POR ELLO PUEDE AFIRMARSE QUE LA CAPACIDAD, LA COMPETENCIA PROFESIONAL Y LA PROBIDAD NO SE IMPROVISAN).

Mediante el decreto de amparo constitucional de una medida cautelar, se ha tratado de dar legalidad y legitimidad a las consideraciones del Ejecutivo Nacional en cuanto a la obligación ciudadana de acatar sus resoluciones por encima de cualquier decisión judicial, (toda vez que ordena a todos aquellos involucrados reanudar las actividades de PDVSA), acatar el decreto presidencial 2.172 (decreto este dirigido a los Ministerios de Energía y Minas y de la defensa) y de acatar las Resoluciones de estos ministerios a tal fin, sin considerar cual es el contenido de estas posibles resoluciones, pero advirtiendo otro posible delito: El Desacato. Esto no es otra cosa que más amenazas, tácticas intimidatorias, más violencia, es necesario advertir que cuando se ejerce un derecho constitucional no se produce una actividad delictual, que cuando se acoge a la desobediencia civil no se comete delito, que es imposible jurídica y materialmente obligarnos a OBEDECER UNAS posibles y futuras RESOLUCIONES MINISTERIALES cuyo contenido es desconocido; y para muestra surge la siguiente interrogante: ¿Por qué no han sido detenidos por el presunto delito de desacato los 35.000 trabajadores de las diferentes nominas de PDVSA que permanecen en PARO CIVICO?
En la actual República Bolivariana de Venezuela, se puede apreciar un conflicto jurisprudencial, ya que los jueces venezolanos tienden a resolver aspectos netamente procesales, evadiendo la existencia de un Derecho Marítimo con leyes propias que conlleva a soluciones muy sencillas, siendo, fundamental la necesidad de aplicar la norma jurídica al sector marítimo, ajustada a una realidad que no escapa a leyes nacionales y convenios internacionales que la regulan. No hay nada que inventar no hay decretos que crear ni fuerza bruta que aplicar, únicamente normas que ajustar.

Todo lo expuesto desde el punto de vista legal, aunado a las ofertas indecorosas a nuestros oficiales, al manejo irresponsable del sector, a la ignorancia de la legislación y prácticas marítimas, al desconocimiento de los convenios internacionales en materia de seguridad en nuestros buques, al desconocimiento de las normas y código sobre formación, titulación y guardia de la gente de mar; y sobre todo el trato inhumano dispensado a los capitanes y tripulación, evidencian la necesidad de adoptar una posición de ALERTA para todos los oficiales de la Marina Mercante Nacional quienes en un futuro y ante la eventualidad de hacer valer sus derechos puedan resultar ofendidos, dañados, desprestigiados o ilegalmente presos por las autoridades administrativas o militares.

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