Opinión Nacional

Leyes espurias

Cuenta la historia que el emperador Calígula dictó una ley para exaltar su caballo a la dignidad de cónsul, constriñendo al propio tiempo a sus súbditos a rendirle pleitesía al galardonado cuadrúpedo.

No obstante todos los poderes que el estrafalario gobernante se había arrogado, aquello era solo una ley en apariencia, sin eficacia intrínseca para producir efectos vinculantes, carente como estaba de todos los atributos que la naturaleza y la lógica exigen para que la decisión de una autoridad adquiera legitimidad jurídica.

La ley es el instrumento concebido por el hombre con el propósito de materializar, en normas de carácter general, los supremos valores de la libertad, la igualdad y la justicia, de modo de garantizar la convivencia pacífica de los ciudadanos.

Si tales exigencias se imponen respecto a cualquier precepto legal, qué mayor fuerza no han de tener cuando se trate de la Constitución —ley de leyes— donde se establecen las pautas a que deben someterse todos los textos normativos que configuran los cimientos de una república democrática.

Inmensa trascendencia tiene la consagración constitucional de los derechos humanos. Aunque todos son de igual jerarquía, no hay duda que el de la libertad —en toda la diversidad de sus formas de manifestación— tiene significado sobresaliente, ya que sin él resultaría imposible el pleno disfrute de los demás. Gigantesco es su poder, que me permite defender hasta el pensamiento no compartido y darle razón al adversario, tal como lo expresaba la combativa pluma de Albert Camus. Quienquiera pretenda abolirlo o debilitarlo cometería delito de lesa humanidad.

Señalada– con inexplicable frecuencia– como posibilidad existencial, constituye una paradoja inadmisible la llamada dictadura democrática. Son términos incompatibles. Dictadura significa la negación absoluta de todos los derechos. En tanto que la democracia es el único sistema que hasta ahora ha podido concebir el hombre para vivir en una sociedad en que su dignidad y su integridad física, intelectual y moral sean respetadas y garantizadas
Aun en situaciones de absoluta normalidad, es deber de todo ciudadano defender con el vigor requerido —en el radio de su respectiva competencia— la supervivencia de dicho sistema. Pero si acaso se produjeren graves circunstancias que amenacen su inmediato futuro, no existen excusas válidas para que ninguno dejare de promover las acciones que sean procedentes, indiferentemente de la tarea específica que —desde el punto de vista de su estricto campo institucional— a cada quien le correspondería realizar. Se trata de una imposición de la naturaleza, que afortunadamente el artículo 350 de la Constitución vigente convirtió en norma previsoria de nuestro derecho positivo.

Tales son los principios que durante más de cuarenta años de docencia universitaria traté de inculcar en la mente de mis discípulos, y que seguramente ellos, haciendo honor a la responsabilidad que el título profesional les impone, sabrán defender con toda pasión y energía en cualquier momento en que se encuentren en riesgo de zozobrar las instituciones fundamentales de la nación.

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