Opinión Nacional

Polémica jurídica

“El uso de la fuerza para conseguir la igualdad destruirá la libertad, y la fuerza, introducida con buenos propósitos, terminará en las manos de gente que la usará para promover sus propios intereses”

Milton Friedman

EL PRESIDENTE CHAVEZ EN CUENTA DE QUE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GANAN MÁS QUE LOS MAGISTRADOS DE CUALQUIER PARTE DEL MUNDO. Al Presidente de la República le fue presentado un informe confidencial sobre todo lo que hemos venido publicando en esta columna sobre la desfachatez de los revolucionarios magistrados de TSJ. Chávez se mostró sorprendido por los exagerados aguinaldos en el Alto Tribunal de la República y ordenó una revisión de ese asunto. En ese informe también se destacó detalladamente, con soportes de la ONIDEX, sobre los exagerados viajes al exterior de la mayoría de los magistrados. En el informe se lee que aparte de los altos sueldos, los bonos y aguinaldos, se le sumaron a cada uno de los magistrados los viáticos, gastos de representación, gastos de vehículos, teléfonos y otros. El resultado indica que (por casi no trabajar), LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GANAN MÁS QUE LOS MAGISTRADOS DE CUALQUIER PARTE DEL MUNDO. Lo que más ha generado la atención presidencial es que cada uno de los 32 magistrados recibirán, no 128, tampoco 150, sino LA GROSERA CIFRA DE 200 MILLONES DE BOLIVARES SOLO POR CONCEPTO DE AGUINALDOS, lo que contrasta con esa impresionante pobreza de la gente que vive en los ranchos que se observan, desde los ventanales del mismo TSJ. Esta misma fuente nos aseguró, que “este dinero les será depositado en sus cuentas a los Magistrados el 1º de Noviembre, pero además, en diciembre, se les paga a cada magistrado un bono navideño de 50 millones; y por si eso fuera poco… también, mediante una vieja y delincuencial práctica, establecida por Iván Rincón Urdaneta, durante su gestión, con un pote, se raspa la olla. Ese POTE consiste en que se recoge en una sola cuenta, todo el remanente de las partidas que no fueron totalmente ejecutadas, y en vez de devolver ese dinero al Fisco, como corresponde por ley, en el TSJ se reparten la “cochina”, es decir, todo ese dinero que queda sin ejecutar en las partidas, se divide por igual entre toditos los empleados del Supremo, incluyendo a los magistrados. Gracias a este pote, unos años a cada uno de los empleados del TSJ les ha tocado 6 millones, otros 9, y ahora se estima que son más de 10. Este dinero lo cobran siempre por allí, entre el 12 y 15 de diciembre, y vuelvo a repetir, les toca a toditos por igual. Si se busca en los archivos la ejecución de las partidas del TSJ en todos estos años anteriores se verá que todas fueron “raspadas” totalmente.

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ENTRE LA VIDA LA MUERTE SUJETO QUE ATRACO A JUEZ DE ARAGUA. Hace tras meses fue atracado el juez primero de ejecución del estado Aragua, Francisco Mota. Le quitaron plata, anillo, reloj y cadena de oro. En un impresionante operativo el CICPC capturó a WILLIAM TESORERO SALVATIERRA, quién en una audiencia de presentación relámpago, admitió los hechos. Fue sentenciado a ocho (08) años de prisión. Inusualmente le mandaron a las Colonias Móviles de El Dorado, en Ciudad Bolívar. El caso fue que, extrañamente fue ordenado su traslado a la Cárcel de Tocorón. Este lunes pasado se produjo en traslado al estado Aragua, pero lo sorprendente es que al llegar penal, TESORERO SALVATIERRA recibió varios tiros que lo mantienen grave en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital central de Maracay. Una fuente de la dirección de Prisiones se mostró su extrañeza por este hecho y dijo que se espera que la Fiscalía solicite una exhaustiva investigación por este extraño hecho.

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JUAN LUIS IBARRA DICE QUE ES GUAPO Y ESTÁ APOYADO POR EL MAGISTRADO ELADIO APONTE APONTE. Carina Yelitza Gimón Uzcátegui, a quién a principios del mes pasado la Comisión Judicial le dejó sin efecto su nombramiento como jueza del Tribunal 8vo de Control sigue despachando como si nada. Ella se negó a entregarle el tribunal al juez especial designado, Pedro Linares. El Presidente del Circuito Penal, Juan Luís Ibarra, evidentemente parcializado con la abogada Carina Gimón, se ha negado se ha negado a solventar esta situación, con el argumento que no le parará a nada que fuese impulsado por el Fiscal General de la República Isaias Rodríguez y su camada en Aragua. Dice Ibarra que en la desobediencia de esta decisión de la Comisión de Emergencia judicial cuenta con la autorización del Magistrado Eladio Aponte Aponte, Presidente de la Sala Penal. Como se sabe, la ex jueza Gimón no solo se ha negado a entregar el Tribunal, sino que le puso en la calle su enseres al designado Pedro Linares. Nadie se explica como fue que reincorporaron a Carina Yelitza Gimón Uzcátegui, cuando es del conocimiento público que tiene abierto varios procedimientos disciplinarios y además anteriormente fue destituida. Ella le mintió a la Escuela de la Judicatura, donde al parecer, el sistema no funciona, pues les permiten el ingreso a los cursos a jueces suspendidos o destituidos. Desde que estalló el escándalo se está esperando la intervención de los Magistrados del TSJ en este asunto, pero hay padrinos más fuertes, que permiten esta irregularidad en el sistema judicial venezolano.

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JURISPRUDENCIA: JUZGADO CIVILES Y MERCANTILES INCOMPETENTES PARA CONOCER JUICIOS BANCARIOS REFERIDOS A CREDITOS AGRICOLAS.- En efecto, del libelo de la demanda se desprende, que la parte accionante demandó a la sociedad mercantil Agropecuaria Rincón Largo, C.A, y a los ciudadanos Agapito Gómez Rodríguez y Florentina Peña de Gómez, por cobro de bolívares (vía ejecutiva) de un pagaré emitido a favor del Banco La Guaira SACA., hoy perteneciente al Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), dicho pagaré soporta un crédito agrícola, a favor de la empresa demandada. Asimismo, de la lectura de las actas que integran el expediente, la Sala constata que lo reclamado es el cobro de bolívares, por concepto de un pagaré que soporta un crédito agrícola, en virtud de lo cual se hace menester para la Sala transcribir el artículo 208 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, publicada en Gaceta Oficial Nº 5.771, de fecha 18 de mayo de 2005, que dispone la competencia material de los tribunales de primera instancia agraria en los términos siguientes: Artículo 208. Los juzgados de primera instancia agraria conocerán de las demandas entre particulares que se promuevan con ocasión de la actividad agraria, sobre los siguientes asuntos: 1. Acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias y posesorias en materia agraria. 2. Deslinde judicial de predios rurales. 3. Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de servidumbres y demás derechos reales, para fines agrarios. 4. Acciones sucesorales sobre bienes afectos a la actividad agraria.5. Acciones derivadas del derecho de permanencia. 6. Procedimientos de desocupación o desalojos de fundos. 7. Acciones derivadas de perturbaciones o daños a la propiedad o posesión agraria. 8. Acciones derivadas de contratos agrarios. 9. Acciones de indemnización de daños y perjuicios derivados de la actividad agraria. 10. Acciones originadas con ocasión a la constitución del patrimonio familiar agrario. 11. Acciones derivadas de conflictos suscitados entre sociedades de usuarios, uniones de prestatarios, cooperativas y demás organizaciones de índole agraria. 12. Acciones derivadas del crédito agrario. 13. Acciones y controversias surgidas del uso, aprovechamiento, fomento y conservación de los recursos naturales renovables que determine la ley. 14. Acciones derivadas del uso común de las aguas de regadío y de las organizaciones de usuarios de las mismas. 15. En general, todas las acciones y controversias entre particulares relacionados con la actividad agraria…” (Resaltado de la Sala). Así tenemos, que conforme a lo dispuesto en el ordinal 12 del artículo 208 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ut supra trascrito, cuando la acción se derive de créditos agrarios, corresponderá la competencia a los tribunales de primera instancia agraria. Aplicando la normativa anteriormente transcrita al caso sub iudice, se concluye que el conocimiento del presente juicio corresponde al Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario de la Región Capital, tal como se declarará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo del presente fallo. Así se decide. (SALA CIVIL. SENTENCIA DE FECHA 08 DE MARZO DE 2006. EXP.: N° AA20-C-2005-000558. MAGISTRADA PONENTE: ISBELIA PÉREZ DE CABALLERO)
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TRABAJADOR RECLAMA JUSTICIA.- “Periodista José Rafael Ramírez, mi nombre es Daniel Ocando Pérez, C.I Nº 9650108. Mi caso es que me desempeño como jefe de ventas de la empresa Tropigas, en el estado Aragua, y contra la cual tengo una demanda incoada por los siguientes conceptos: 1) Calculo de salario mínimo, 2) Concepto de horas extras, 3) Domingos laborados. 4) Días compensatorios por domingos trabajados. 5) Días feriados trabajados. 6) Promedio para las incidencias. 7) Antigüedad, 8) Incidencia por vacaciones y utilidades. Trabajo en dicha empresa desde el 24 de mayo del año 2000 y mi expediente es el DP11-L-2005-000545. Para los efectos estuve laborando durante 03 años sin percibir el beneficio de la cesta ticket, lo cual consta en el ministerio del trabajo al cual acudí en ese instante, mi salario básico (mínimo) es de Bs. 337.810 + 510.000 aproximado de comisiones. Sin embargo nada de esto fue suficiente para la jueza del Trabajo en Aragua, NIDIA HERNANDEZ RODRIGUEZ, la cual el día 15 de junio del 2006 dejo sin lugar la presente demanda, habiendo llevado como testigos desde el vigilante hasta el gerente como garantía de que todos los reclamos están debidamente soportados. Esta decisión de esa jueza deja mucho que desear, ya que el Ministerio del Trabajo, realizo una inspección ocular en la empresa a raíz de mi inquietud. Dicha inspección fue realizada por la Inspectora Mireya Morea, y en el informe sugiere a la empresa ponerse al día con todos los pagos atrasados que me adeudaban por los conceptos ya mencionados, pero a eso la empresa hizo caso omiso desestimando el informe, que para colmo, la Juez Nidia Hernández también desechó. Es por ello que acudo a usted para que meta la lupa fuertemente, ya que para el día 21 de septiembre del presente está previsto el acto de apelación, el cual hice amparado en el articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela Solo pido que se haga justicia y que esta empresa me cancele todo lo que me adeuda. La apelación es a la 1:00 de la tarde. Confío en Dios y en su persona para que a través de su columna la verdad salga a flote. Tenemos conocimiento de que la decisión de la Juez esta influenciada por el apoderado de la empresa. Agradeciendo de antemano su colaboración, se despide, Daniel Ocando Pérez, C.I Nº 9.650.108.- Telf. 0414-4567068 / 0243-2361935.”
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FISCALIA APELÓ LIBERTAD DEL SUPUESTO AGRESOR DE DIPUTADO BRAULIO ÁLVAREZ.- La Fiscalía apeló la decisión del Tribunal 5ª en funciones de Control del estado Yaracuy, que concedió libertad plena a Douglas Parra, presuntamente implicado en el atentado del que fuera objeto el parlamentario Braulio Álvarez, el 23 de junio de 2005, cuando se desempeñaba como miembro del Consejo Legislativo de Yaracuy. El escrito fue consignado este viernes ante la Corte de Apelaciones de Yaracuy, instancia que por segunda ocasión tiene que decidir sobre este caso. Los fiscales 4 y 12 de Yaracuy, Omar González y Nareztka Camaraco, respectivamente, solicitaron en la audiencia de presentación que se mantuviera la reclusión del citado ciudadano, quien fue imputado por la comisión del delito de homicidio frustrado. Sin embargo, la juez 5, Milagros Prieto, no solo negó la petición de los representantes fiscales, sino que tampoco autorizó someter a Parra a un reconocimiento en rueda de individuo. Parra había sido presentado anteriormente, el 5 de septiembre, ante el Tribunal 8 de Control de Lara (entidad donde permanecía detenido en el Comando Policial regional) el cual resolvió otorgarle una medida de arresto domiciliario, pese a que los elementos consignados por la fiscal 8 nacional, Mery Gómez, probarían su participación en el ataque contra Álvarez. La representante del Ministerio Público apeló el fallo y requirió los efectos suspensivos del mismo. El juzgado entonces remitió el expediente a la Corte de Apelaciones de Yaracuy, tribunal que anuló todas las actuaciones y radicó la causa en dicho estado, por cuanto fue allí donde aconteció el incidente. Resta ahora que la Corte se pronuncie sobre esta segunda petición, considerando que la fiscal Gómez advirtió sobre el riesgo potencial de peligro de fuga, puesto que testigos identificaron a Douglas Parra como una de las tres personas que efectuaron disparos contra Braulio Álvarez en la población de Yaritagua en el año 2005. El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, además investiga su presunta responsabilidad en el homicidio de Cesar Augusto Hernández, quien al parecer fue coparticipe en el ataque contra el parlamentario y dirigente campesino. Álvarez, actual diputado de la Asamblea Nacional, fue víctima de una segunda agresión el 22 de julio de 2006, cuando circulaba en horas de la madrugada por la autopista centro-occidental, a la altura del municipio Urachiche del estado Yaracuy. En esa ocasión el impacto de un proyectil le produjo severas lesiones en el rostro. La fiscal Gómez adelanta averiguaciones para determinar si ambos incidentes guardan relación y si fueron motivados por las actividades del parlamentario.

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