Opinión Nacional

Programa de acción del nuevo ministerio público venezolano

La realidad nacional hace necesario que exista un nuevo Ministerio Público y el modelo a seguir por la institución debe ser capaz de afrontar el desafío del fin del milenio y el clima de inseguridad jurídica que vive Venezuela.

La realidad nacional hace necesario que exista un nuevo Ministerio Público: el modelo a seguir por la institución debe ser capaz de afrontar el desafío del fin del milenio y el clima de inseguridad jurídica que vive Venezuela, por causa de la crisis estructural del Estado y la disfunción de sus instituciones básicas.

Ello empieza por concebir al Ministerio Público con una visión moderna, dinámica y actualizada que permita, en el corto plazo, colocar a dicha institución en el lugar que le corresponde y cumplir a cabalidad con sus deberes constitucionales y legales.

Al Ministerio Público le toca la misión constitucional de vigilar la vigencia y respeto de los derechos humanos y velar por la totalidad de la legalidad estatal. ello supone el fortalecimiento y dinamización de sus estructuras, de su funcionamiento y recursos humanos para que sea capaz de resolver oportunamente y con objetividad la enorme cantidad de asuntos que le toca conocer.

Para poder hacer frente a tan nobles propósitos, es necesario definir con precisión los grandes ejes estratégicos a partir de los cuales se podrá desempeñar la serie de tareas que ello supone. Tales puntos axiales conllevan varios proyectos, los cuales deben ser abordados de forma simultánea y coordinada, con visión sistémica. Además, los mismos serán sometidos a una rigurosa evaluación.

Parejo con tal desafío al Ministerio Público le corresponde velar por la incolumidad del ordenamiento jurídico, mientras se realiza el cambio constitucional que está previsto, por lo que la conducción de ese proceso exige equilibrio, ponderación, objetividad y serenidad, conjugados con la severidad y celo que exigen vigilar por el estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y Tratados Internacionales, mientras transcurren los procesos de transformaciones institucionales.

Son ocho los ejes en los que se apoya el fortalecimiento y la transformación del Ministerio Público en un nuevo modelo de gestión:

LOS OCHO EJES DEL PROGRAMA DE ACCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO
EL COPP, LEYES COMPLEMENTARIAS Y TRATADOS INTERNACIONALES:

Uno de los logros más importantes que ha tenido Venezuela es haber promulgado en 1998 el Código Orgánico de Procesal Penal (COPP), el cual posee una alta calidad técnica y está adaptado a las más modernas exigencias que supone enfrentar la variada gama de delitos que ocurren a diario. También garantiza el respeto de los derechos humanos. En tal sentido, es necesario advertir que su vigencia hace que sean posibles de aplicación y vigencia efectiva los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos, entre otros, con los cuales el país ha estado en mora, debido a su incompatibilidad con el sistema inquisitivo, escrito y secreto que prevé el Código de Enjuiciamiento Criminal (CEC).

Por lo anterior es necesario garantizar:

La vigencia plena e impostergable del COPP para el 1° de julio de 1999.

La ejecución plena e impostergable de las leyes complementarias del COPP.

Cumplir con los Tratados Internacionales en Derechos Humanos con los cuales Venezuela ha estado en mora.

ESTADO DE DERECHO Y SEGURIDAD JURÍDICA:

Una de las quejas más repetidas de los venezolanos se refiere quebrantamiento del marco constitucional y legal y de las más elementales normas de convivencia, lo cual genera una permanente zozobra e inseguridad jurídica entre los pobladores, desde los inversionistas más importantes hasta los más humildes ciudadanos, quienes alegan la necesidad de crear reglas claras y estables que sean conocidas y acatadas por todos, que sean la garantía de personas y bienes. Este rasgo negativo impide que se disfruten mayores márgenes de calidad de vida, a pesar de las enormes ventajas comparativas y riquezas naturales que posee el país.

En tal sentido, se debe asegurar:

    La autonomía, independencia y objetividad del Ministerio Público.

    La cooperación con los otros organismos del Poder Público.

    El fortalecimiento inmediato del Estado de Derecho en todos los órdenes.

    La garantía efectiva de la seguridad jurídica.

LOS DERECHOS HUMANOS:

El área más vulnerable de la institucionalidad en Venezuela se refiere a los Derechos Fundamentales de las personas, los cuales son conculcados de manera insólita a cada instante y de forma impune, como es el caso de un sistema carcelario que ha sido incapaz de preservar la vida y las más elementales condiciones de seguridad, higiene y dignidad esenciales al ser humano que es procesado o penado. En tal sentido, el Ministerio Publico debe ser el principal impulsor y vigilante permanente de la gestión y de la reforma penitenciaria y policial a los fines de adecentar los centros de reclusión y los métodos de detención hasta lograr un nivel mínimo de funcionamiento adecuado. Así las cosas, el Ministerio Público deberá ser un estricto vigilante del cumplimiento de las Constitución y las leyes, las normas de procedimiento y los Tratados Internacionales, acuerdos y recomendaciones de la ONU que sean aplicables al área penitenciaria y policial.

En tal sentido se impone:

    La plena vigencia y garantía de la Constitución, las leyes, códigos, Tratados, acuerdos y recomendaciones de la ONU.

    En las cárceles, centros de detención preventiva, comisarías e INAM
    En los cuerpos policiales.

    Lo anterior facilitará el:

    Cese de la impunidad por el abuso de poder.

    Freno a la autojusticia.

    Restablecer el mecanismo de la denuncia responsable y objetiva.

    Combatir el abuso de autoridad y establecer el principio de la autoridad razonable.

VÍCTIMAS DE DELITOS Y ABUSOS:

Las víctimas de delitos y abusos son los seres más olvidados y maltratados del sistema procesal inquisitivo, escrito y secreto, donde no existen legalmente ni tienen cabida. Con el COPP se restablece la situación al ser elevadas las víctimas de delitos a la condición de sujetos procesales con derechos y tareas que realizar en procura de la justicia.

    En tal sentido, corresponde al Ministerio Público, entre otras tareas:
    Abrir la Oficina de Atención Permanente a las Víctimas de Delitos.

    Dar prioridad a los casos de violencia doméstica.

    Privilegiar los asuntos en que estén involucrados niños y adolescentes.

    Atender con urgencia los derechos de los discapacitados.

    Garantizar los derechos de las etnias indígenas.

    Abrir la Oficina de Atención a las ONG’s.Crear y dotar con recursos humanos y técnicos el Centro de Recepción de Denuncias.

POLÍTICA CRIMINAL Y LUCHA CONTRA EL DELITO:

Las distintas modalidades de los delitos requieren ser enfrentados de diferentes maneras, si se quiere ser contundente. El COPP y las nuevas leyes disponen de nuevas herramientas para enfrentar eficazmente el delito común y el crimen organizado, la corrupción, el lavado de dinero, el terrorismo, los secuestros, los delitos contra la propiedad intelectual y el ambiente, entre otros. La dirección funcional de las Policías de Investigaciones Penales permitirá un efectivo cumplimiento de esta misión.

En tal sentido es necesario la:

    Definición de una política criminal para el país y cada estado o región.

    Depuración de los cuerpos policiales y profesionalización de sus mejores individuos.

    Lucha legal contra la corrupción.

    Lucha legal contra el crimen organizado, el terrorismo y los secuestros.

    Lucha legal contra el lavado de dinero.

    Lucha legal contra la piratería intelectual.

    Lucha legal contra el delito ambiental.

REINGENIERÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO:

La impostergable modernización del Ministerio Público a todos los desafíos de su nuevo papel previsto en su ley y los otros instrumentos, requiere invertir lo que sea necesario en tiempo y recursos en:

Modernización y tecnología:

    Intranet.

    Internet.

    Número 800 de atención gratuita y permanente.

    Gerencia moderna.

    Profesionalización del recurso humano según criterios de excelencia en la carrera.

    Revisión del Organigrama.

    Fortalecer la atención permanente al público y respuesta inmediata a las denuncias.

    – Política de puertas abiertas las 24 horas del día durante los 365 días del año.

    Investigación y educación continua de los fiscales y otros miembros del Ministerio Público en temas legales, juicio oral, lógica, oratoria, investigación penal, etc.

EDUCACIÓN LEGAL: VALORES, DEBERES Y DERECHOS CIUDADANOS

Los cambios estructurales y funcionales que se avecinan hacen necesario que se cree el nicho que los haga sustentables en el tiempo y eficaces en el campo social. De continuar el alto grado de ignorancia de las leyes que se observa en Venezuela, tenderá a perpetuarse el clima de zozobra e inseguridad jurídica, debido a la intolerancia hacia los demás y el irrespeto de las normas de convivencia que aseguran la cohesión del contrato social.

    Por ello es indispensable crear:

    Proyectos especiales:

    En la escuela básica.

    En el bachillerato.

    En las universidades.

    En los barrios y urbanizaciones.

    En el seno de la sociedad civil: fortaleciendo a ciudadanos, voluntarios y ONG’s.

    Educación vial (delitos culposos)

    Emprender una vasta y masiva divulgación de los valores y derechos fundamentales, los deberes ciudadanos y las leyes mediante:

    Los medios de comunicación de masas.

    Publicaciones de todo tipo.

    Conferencias, foros y seminarios académicos y de extensión.

    Intercambios de expertos nacionales e internacionales.

    Concursos sobre juicio oral, etc.

PROMOCIÓN DE TEMAS RELEVANTES A LOS DDHH Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA LA NUEVA CONSTITUCIÓN; Y DE LA REFORMA DE CÓDIGOS Y LEYES ESENCIALES:

El COPP, las leyes complementarias y los Tratados Internacionales en derechos humanos y otros temas requieren de un mayor complemento en lo siguiente:
Constitucionalización de los principios del COPP y las leyes complementarias, lo cual corresponderá a la Asamblea Constituyente.

Creación del Defensor del Pueblo para asuntos no judiciales (Ombudsman).

    Reforma total del Código Penal, para que existan otros tipos de cumplimiento de penas.

    Reforma total de la Ley de Abogados y su sustitución por una Ley de Ejercicio de la Abogacía.

    Revisión de la Ley de Régimen Penitenciario e incorporación de un capítulo sobre los Centros de Reclusión Preventiva.

Abogado en ejercicio con experticia en materia penal, derechos humanos y reforma institucional, graduado en 1.975.

Socio de la Firma de Abogados Baker & Mckenzie.

E-mail: [email protected]

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