Opinión Nacional

Reforma insuficiente

Ha reconocido Chávez el error del oficialismo al haber aprobado la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar cuyos lapsos feroces para requerir compulsivamente el carnet de inscripción a todos los venezolanos entre 18 y 60 años debería haber entrado en vigor el próximo 21 de octubre de 2010 so pena de multas.

Ha funcionado nuevamente la presión de la sociedad civil para modificar leyes violatorias de la Constitución.

Lo logró la sociedad civil el 2008 con la llamada Ley Sapo (Ley que creaba el Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia), dictada por Decreto Presidencial que Chávez se vio forzado a derogar; y ahora parcialmente al obligar la reforma a Ley de Conscripción y Alistamiento Militar; a tal punto que ha llevado a trabajar a los parlamentarios en feriado.

Sin embargo, preocupa a esta hora, cuando se debe llevar a cabo la segunda discusión para aprobar la reforma a la Ley, que sólo se han referido modificaciones dirigidas a «la eliminación del plazo para la inscripción en el registro, el cual culminaba el 21 de octubre y en consecuencia la eliminación de las sanciones por no cumplir con este plazo», persistiendo en el texto de Ley, aspectos que violan el artículo 134 de la Constitución e interpretan indebidamente el Capítulo VII de la Constitución.

Se equivoca el oficialismo nuevamente, los venezolanos no tenemos el deber de sumarnos ni al registro ni al servicio militar, como dice la segunda vicepresidenta de la Asamblea, diputada Marelis Pérez; esto NO está establecido en la carta magna como afirma y sigue confundiendo el oficialismo, a conveniencia, al señalar a la corresponsabilidad entre el Estado y los ciudadanos en la defensa de la patria, como un tema exclusivamente militar.

Hay tiempo aún, esperemos en esta segunda discusión se respete el derecho que tenemos los ciudadanos a nuestra elección de servir a la patria «civil» o «militarmente» como consagra el artículo 134 de la Constitución, aspecto que a esta hora no ha sido reconocidos en la Ley, en los artículos 1, 4, 56, 57 y 64, por citar los más relevantes que no han sido reformados.

De no hacerse las reformas, tendremos que recurrir a la nulidad de la Ley ante el Tribunal Supremo de Justicia y advertir al sistema interamericano de Derechos Humanos que en Venezuela se violan derechos fundamentales con el Registro y con Servicio Militar Obligatorio como se empeña en mantener el oficialismo. Ojalá obtengamos los ciudadanos una rectificación genuina, sin soberbia, por el bien del país.

El registro militar obligatorio, aun sin sanciones, abre las compuertas a la «matraca» en un país donde el Presidente de la República fue el primero en incumplir la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar al no dictar el Reglamento en el plazo de tres meses siguientes a la aprobación de la ley.

Qué cabe esperar de las arbitrariedades de los funcionarios civiles y militares exigiendo la inscripción militar obligatoria, aun cuando el plazo haya sido establecido de manera permanente de espaldas a la Constitución…. pregúntenselo a los muchachos que suben las escalinatas diariamente en los barrios de Caracas, andan en camionetica y moto o simplemente a pie en un caserío en el interior del país.

Los hijos del Presidente con seguridad no tendrán ningún problema.

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