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Sala Plena del TSJ admitió antejuicio de mérito contra Fiscal Ortega Díaz

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia admitió este martes la solicitud de antejuicio de mérito contra la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, realizada por el diputado oficialista de la Asamblea Nacional (AN), Pedro Carreño, por su presunta vinculación en “faltas graves” en el ejercicio de su cargo.

La sentencia, con ponencia de la magistrada Marjorie Calderón Guerrero –presidente de la Sala de Casación Civil–, fue anunciada luego de que Ortega Díaz haya interpuesto diferentes recursos para frenar el proceso Constituyente, activado por el presidente Nicolás Maduro, y a su vez, solicitar la destitución de los magistrados de la Sala Constitucional por supuestas irregularidades en su nombramiento.

La “decisión fue tomada de conformidad con lo previsto en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo tipificado en los numerales 4, 5, 8 y 9 del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, y 23 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público”, explica el TSJ en una nota de prensa publicada en su portal web.

Asimismo, el ente judicial precisó que fue acordada convocar a una audiencia pública, para la cual serán notificados Luisa Ortega Díaz, Pedro Carreño y los integrantes del Consejo Moral Republicano para que comparezcan ante el pleno del TSJ.

Con respecto a otras peticiones de Carreño, entre ellas, la conformación de una junta médica para evaluar por “insania mental” a Ortega Díaz, la Sala Plena no develó si fueron aceptadas, sin embargo, indicó que “las mismas se encuentran en estudio”.

El proceso iniciado contra la titular del Ministerio Público, ratificada en su cargo en el año 2014 por la AN presidida por el oficialista Diosdado Cabello, podría implicar la separación temporal de sus funciones.

La Fiscal Ortega Díaz ha liderado desde las últimas semanas una batalla legal ante el TSJ para impedir la elección de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) –prevista para el próximo 30 de julio-, al considerar que el procedimiento de su convocatoria transgrede los derechos contemplados en la Constitución Nacional.

La ley establece que la destitución de los integrantes del Consejo Moral Republicano (Fiscalía, Contraloría, Defensoría del pueblo) está en manos del Poder Legislativo, con el previo pronunciamiento de la Sala Plena del TSJ sobre una falta grave.

No obstante, los actuantes contra la fiscal no han explicado cómo se completaría este proceso si el TSJ calificara de falta grave la actuación de la fiscal, pues el Parlamento, en manos de opositores, se encuentra en situación de desacato decretada por el Supremo y sus actos son considerados nulos.

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