Política

Administración de Maduro allana el camino para la habilitación de candidatos presidenciales

De acuerdo al comunicado dado a conocer por Noruega y en el marco del cumplimiento del Acuerdo de Barbados, los interesados deberán ir a la Sala Político Administrativa del TSJ, para ejercer un recurso contra la inhabilitación que tenga impuesta

Este jueves el Reino de Noruega dio a conocer un documento que sostiene que las instituciones de Venezuela habrían abierto un camino para los candidatos que se encuentren inhabilitados, puedan participar en las próximas elecciones presidenciales de 2024.

A través de la red social X, el jefe de la delegación de la administración de Nicolás Maduro, Jorge Rodríguez, asegura que este documento ratifica los documentos suscritos en Barbados el pasado mes de octubre.

En la acera de enfrente, la representación de la delegación de la Plataforma Unitaria liderada por Gerardo Blyde, sostiene que “el Acuerdo de Barbados determinó que debía establecerse una vía que con celeridad permita habilitar candidatos presidenciales. El precedente con amparo cautelar está en el caso M. Rosales otorgado con la admisión del recurso. Seguimos!”.

Y es que de acuerdo a lo acordado por las partes, con el procedimiento dado a conocer este jueves, “cada uno de los interesados” podrá asistir personalmente a la Sala Político Administrativa del TSJ para ejercer un recurso contra la inhabilitación que tenga impuesta, “acompañada de un amparo cautelar”, entre el este viernes y el 15 de diciembre.

Luego, la Sala “se pronunciará sobre la admisión de la demanda y el amparo solicitado, conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia”.

Esta medida se dio a conocer justamente el día en el que expira el plazo que el gobierno de Joe Biden dio a la administración de Nicolás Maduro para dar pasos hacia la habilitación de antichavistas, entre ellos María Corina Machado, que ganó las primarias opositoras del pasado 22 de octubre con el 92,35 % de los votos, y funge como favorita en las encuestas, a menos de un año del proceso electoral.

A continuación el comunicado íntegro:

Procedimiento para la revisión de las medidas de inhabilitación acordadas por la Contraloría General de la República

En el «Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales para Todos», suscrito en Barbados el 17 de octubre de 2023, Las Partes, designadas como el «Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela» y la «Plataforma Unitaria de Venezuela», acordaron que:

Se promoverá la autorización a todos los candidatos presidenciales y partidos políticos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para participar en la elección presidencial, consistentes con los procedimientos establecidos en la ley venezolana; asimismo conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución.

A los fines de implementar el precitado acuerdo, Las Partes han convenido el siguiente procedimiento para procurar la revisión de las medidas de inhabilitación dictadas por la Contraloría General de la República, a diversas personas que aspiran postularse como candidatos en las elecciones presidenciales del año 2024 (Los Interesados):

1. Cada uno de los Interesados acudirá personalmente ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia para ejercer el recurso contencioso-administrativo que corresponda contra la medida de inhabilitación dictada por la Contraloría General de la República, acompañada de una solicitud de amparo cautelar, en el lapso establecido desde el primero de diciembre hasta el 15 de diciembre de 2023, en días continuos y sucesivos.

2. La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunciará sobre la admisión de la demanda y el amparo cautelar solicitado, conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución.

3. En la demanda presentada, y en declaraciones públicas, los Interesados se abstendrán de incorporar conceptos ofensivos o irrespetuosos contra las instituciones del Estado, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

4. Cada uno de Los Interesados asume el compromiso de:

a. Respetar la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.

b. Cumplir con el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación, recogido en el artículo 130 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

c. Acatar en el marco constitucional la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que emane de este recurso.

d. Rechazar cualquier forma de violencia en el ejercicio político, así como cualquier tipo de acciones que atenten contra la soberanía, la paz y la integridad territorial de Venezuela.

Consideraciones generales:

Este documento complementa y desarrolla las condiciones electorales convenidas en el Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales para Todos, suscrito entre las partes.

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3 comentarios

  1. Todo esto se puede cumplir desde que existe el sistema judicial y no era de esperar que todo esto sea lo que se ha perseguido como «un camino para los candidatos que se encuentren inhabilitados, puedan participar en las próximas elecciones presidenciales de 2024.»
    Otra vez se asoma otra perogrullada que por definicion es Verdad o certeza que, por notoriamente sabida, es necedad o simpleza el decirla.
    Cuanta seriedad se puede reconocer a TODO ESTO a y los personeros incluyando a los Noruegos y altos representantes extranjeros que participaron en Barbados.
    Demas esta decir que a los criollos no se les esperaba algo distinto a TODO ESTO

  2. TODO ESTO significa que lo que es cumplible legalmente no era cumplible porque el regimen no lo permirtia como cimplible a TODO ESTO y que aho ahora el sistema judicial va actuar para complacer al gobierno, cualquierq sea lo que sea COMPLACER.

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