Actualidad Nacional

Sentencia del TSJ en el exilio declara falta absoluta en la Presidencia de Venezuela

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio emitió una sentencia en la que exhortan a la legítima Asamblea Nacional (AN) a proceder a “llenar el vacío constitucional de la Presidencia de la República”.

En el texto declaran “nulo e írrito” el proceso de votación presidencial del pasado 20 de mayo.

Los magistrados en el exilio expresan que “el primer mandatario presidencial del país fue suspendido en el ejercicio del cargo e inhabilitado en el ejercicio de sus derechos políticos por orden de la ley penal especial”, tras el antejuicio de mérito impulsado por la Fiscal destituida por la Asamblea Nacional Constituyente, Luisa Ortega Díaz.

Vale recordar que el máximo ente judicial en el exilio solicitó a finales de abril al Poder Legislativo el acta que autoriza continuar con el proceso penal en contra del presidente Nicolás Maduro.

“Presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela; le enviamos un saludo institucional, y solicitarle a la brevedad, la remisión por [email protected]; el acta de sesión debidamente suscrita en donde nos autorizan continuar el proceso penal contra Nicolás Maduro”, indicó la institución mediante su cuenta de Twitter.

El martes la AN señaló que hay mérito para continuar con el proceso judicial en contra del mandatario por hechos de corrupción.

Con 105 votos a favor y 2 en contra, el Parlamento aprobó continuar con el antejuicio de mérito.

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