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Bloqueo de ayuda humanitaria

 “Maldito el soldado que vuelva las armas de la República contra su pueblo”.

Simón Bolívar

                    Isaías Márquez

Según informaciones publicadas a través de los diferentes medios de comunicación docial así como de las redes sociales, Nicolás Maduro, presumiendo de usurpador infame, ha ordenado el bloqueo del ingreso de ayuda humanitaria a Venezuela por la vía Cúcuta/Ureña (Puente Internacional de Tienditas) al ordenar a la FANB la colocación de dos vehículos de carga pesada, además de otros objetos metálicos a fin de que el auxilio esperado para atender tantas necesidades surgidas por desidia suya no pueda ingresar a territorio nacional, muy convencido de que dicho ingreso justificaría la entrada de tropas extranjeras (invasión multilateral).

Sinembargo, parece que al señor don Nicolás Maduro Moros sus asesores no le hubiesen advertido que, al denegar tal acceso, podría estar incurso en delito de lesa humanidad a ser emjuiciado ante la CORTE PENAL INTERNACIONAL de LA HAYA  y que tal proceso, junto con  el de la alta cúpula militar, sería de inmediato, si concreta el bloqueo y se dificulta la ayuda humanitaria multinacional que se requiere con carácter de urgencia para sinnúmero de venezolanos afectados por todo tipo de enfermedades de origen nutricional, fundamentalmente, por inanición.

Cualquier orden  emanada de jerarquía superior que impida, bloquee y obstaculice el acceso necesario de la ayuda humanitaria a territorio nacional, por tratarse de una disposición írrita, inconstitucional y contraria a todo ordenamiento jurídico nacional e internacional que ampara el derecho humano a alimentarse y curarse del cual es acreedor, inmanentemente, el pueblo venezolano, el funcionario público civil o militar que frene o impida a una población en condiciones de crisis humanitaria agudizada, tal es nuestro caso,  su derecho universal y constitucional a abastecerse de alimentos y medicinas para ellos, su hogar e hijos, estaría, de hecho,  condenándose, automáticamente, a responder ante los tribunales internacionales de justicia. En consecuencia, no hay obligación de cumplirla.

El oficial militar o policial que reciba, obedezca y/o ejecute dicha orden ilegal estaría incurso en delitos graves de Lesa Humanidad, jamás prescriben y no son suaceptibles de amnistía alguna.

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